La Justicia porteña falló en contra de los inquilinos

11/04/2019 La Sala II de la Cámara de Apelaciones emitió un fallo que pone en peligro la ley 5859 para que la comisión no la pague el inquilino. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad debe definir. Hasta que eso ocurra, la ley mantiene su vigencia.

La Ley 5.859 fue una de las principales demandas de los inquilinos en los últimos años. Tras una larga campaña, se logró su aprobación por unanimidad en agosto de 2017. Se trata de una legislación que brinda un gran alivio al millón de inquilinos de la Ciudad de Buenos Aires. Establece que, al momento de firmar o renovar un contrato de alquiler, la inmobiliaria solo puede percibir comisión del propietario de la vivienda y no del inquilino, reduciendo significativamente los gastos bienales que deben afrontar quienes alquilan y poniendo esa carga en cabeza de los locadores, quienes contratan el servicio de la inmobiliaria.

La aprobación de esta ley se dio, en parte, porque las inmobiliarias violaban la ley anterior y en vez de cobrar un mes de comisión al inquilino, cobraban dos. Su argumento era que el Código Civil y Comercial las habilitaba a fijar libremente sus honorarios. En 2016, desde Inquilinos Agrupados impulsamos una acción de amparo y la Justicia nos dio la razón: confirmaron que las inmobiliarias debían respetar la ley local. Las inmobiliarias apelaron hasta el Tribunal Superior de Justicia y en cada una de las instancias, la Justicia se pronunció a favor nuestro. Estableciendo, claramente, que la Legislatura porteña tenía competencia para legislar el cobro de comisiones y obligó a las inmobiliarias a cobrar un solo mes de comisión.

Con la ley 5.859 aprobada, las inmobiliarias recurrieron a la Justicia con el mismo argumento que había fracasado en la causa anterior. En primera instancia, el juez desestimó su acción de amparo. Sin embargo, apelaron y contra todo pronóstico, lograron que la Cámara les diera la razón y declarara inconstitucional la Ley 5.859. La votación fue 2 a 1 y uno de los votos favorables para las inmobiliarias fue emitido por el juez Esteban Centanaro, titular de la firma CENT S.A., dueña de inmuebles que se destinan al alquiler. Un conflicto de intereses evidente, protagonizado por un juez que debería haberse excusado y no lo hizo. Que prefirió ser juez y parte y votar a favor de sus negocios personales.

Ahora, los inquilinos debemos apelar al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y esperar pacientemente su resolución. Para ser coherente, el máximo tribunal porteño debería inclinarse por la posición de los inquilinos y confirmar la vigencia de la Ley 5.859. Consideremos que ya rechazó el argumento de las inmobiliarias en la anterior causa judicial y que la enorme mayoría de la Justicia porteña se pronunció en ese sentido. Mientras tanto, y para alivio de muchos, la Ley 5.859 sigue vigente. Por más que las inmobiliarias traten de confundir, está prohibido que les cobren comisión a los inquilinos.

Gervasio Muñoz, presidente de Inquilinos Agrupados, afirmó “Este fallo de la Cámara demuestra hasta qué punto el mercado inmobiliario está de los dos lados del mostrador. No nos sorprende, ya estamos al tanto de su influencia en el resto de los poderes del Estado. Estamos convencidos, de todas formas, que el Tribunal Superior de Justicia no va a ratificar este escándalo y va a fallar a favor de los inquilinos. La ley para que la comisión la pague el dueño es un derecho adquirido y los inquilinos no están dispuestos a perderlo”.

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